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Error de timbrado o cancelación: 33132 402, 304, 305

Advertencia

Esto puede suceder tanto para el RFC de Emisor o Receptor.

Motivo

El sistema intenta localizar el motivo y lo despliega en el mensaje de error.

Si el problema es con su RFC o certificado, mostrará alguno de los motivos :

  • Motivo : certificado 00000000000000000000 , no se encuentra en la lista publicada por el SAT
  • Motivo : 00000000000000000000 no tiene permiso de facturar. No ha cumplido con sus obligaciones fiscales, contacte al SAT, para aclarar su situación.
  • Motivo : su certificado 00000000000000000000 se encuentra Caduco, tramite uno nuevo
  • Motivo : su certificado 00000000000000000000 se encuentra Revocado, el SAT ha cancelado este certificado, no le permite facturar

Lea con cuidado el motivo ya que este determina cual pueda ser la solución a aplicar.

Los motivos en ambos casos (emisor o receptor) es el mismo.

  • RFC o su certificado no existe en la lista de contribuyentes. Está mal escrito el RFC.
  • El SAT ha bloqueado el certificado o el RFC del contribuyente (no le permite emitir o recibir facturas, al emisor o al receptor)
  • El Certificado se ha creado en las últimas 48 horas y:
    • Aun no se encuentra publicado en el portal del SAT
    • Ya está publicado, pero el SAT aun no lo ha reportado a los PACS
    • El certificado ya se reportó a los PACS, pero la fecha de inicio de vigencia aun no ha llegado.
  • El SAT, publica incorrectamente los certificados un par de veces al año.

Soluciones:

  1. Si el error se presenta en el RFC de Receptor (su cliente). Revise que esté bien escrito. (Revise con mucha atención letras números no confundir el número cero con la letra O, la I mayúscula con el número 1, una S con un 5, etc.)
  2. Certificado ya se encuentra Caduco. Solución: Subir nuevos CSD
  3. Certificado es nuevo y aun no ha sido reportado a los PACs. Solución: Espere de 24 a 72 horas
  4. Certificado es nuevo y aun no inicia la fecha de vigencia (Error 305). Solución: Espere de 24 a 72 horas. No intente facturar con una fecha en el pasado. (Nota: Si ingresa a portal del SAT, la hora de vigencia es en el horario de Inglaterra, para México habría que esperar de 5 a 7 horas para que se active en nuestra región )
  5. Certificado fue revocado por el SAT (Si es su certificado, le han bloqueado su facturación). Solución: Leer más abajo
  6. Certificado ha sido bloqueado por el SAT , no ha cumplido con sus obligaciones. Solución: Leer más abajo
  7. Creó un nuevo certificado y el viejo ya ha sido revocado y usted sigue usando en el CSD viejo en el sistema. Solución: Subir nuevos CSD
  8. El SAT, publica incorrectamente los certificados un par de veces al año. Solución deberá reportar el SAT que no está publicado su certificado o esperar 24 horas, normalmente cuando este es el problema el SAT lo corrige al día siguiente.

IMPORTANTE: Tome en consideración las siguiente notas

  • El SAT puede tomar de 24 a 72 horas para generar su certificado y publicarlo a los PACS.
  • Los certificados tienen una fecha de inicio y fin de vigencia. Si genera un certificado nuevo este no podrá firmar facturas de días anteriores a la fecha de inicio de vigencia.
  • Nota sobre la fecha y hora : El SAT publica los certificados con hora de Greenwich. Lo que quiere decir que va a tener que esperar de 5 a 6 horas más dependiendo de la diferencia de horario que tengamos con Europa en este momento.

Como verificar el estado del RFC con problemas?

Ingrese a alguna de las siguientes ligas :

https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/certisat/

1) Menú Facturación > Solicitud de Certificados.

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2) Ingrese al sistema con su RFC y su CIEC.

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3) Seleccione "Verificación de certificados".

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4) Escriba el RFC con problemas en el recuadro de búsqueda.

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5) Lea el renglón que contiene el mismo número de serie que el número de su certificado y lea el estatus.

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Si su número de certificado aparece como vigente

  1. Si el error reportado por el sistema es : Motivo : 00000000000000000000 no tiene permiso de facturar. No ha cumplido con sus obligaciones fiscales, contacte al SAT, para aclarar su situación.
  2. En estos casos el certificado está bloqueado pero aun no lo ha revocado el SAT. Quiere decir que se debe comunicar a sus oficinas y resolver el motivo por el que le han bloqueado. Los motivos más comunes son:
    1. Lo intentaron visitar a su domicilio fiscal y no lo localizaron
    2. No ha presentado alguna o varias declaraciones, o las ha presentado incompletas
    3. No se ha registrado en el Buzón tributario o ha dado de alta su teléfono en el mismo
    4. No ha aclarado o contestado algún requerimiento previo
  3. Valide que el certificado está en rango de fechas válido para facturar. Compare el día actual contra la fecha Inicial y Final de uso del certificado.
    1. Nota sobre la fecha y hora : El SAT publica los certificados con hora de Greenwich. Lo que quiere decir que va a tener que esperar de 5 a 6 horas más dependiendo de la diferencia de horario que tengamos con Europa en este momento.
  4. El certificado es Nuevo y debe esperar de 24 a 72 horas para que esté disponible para timbrar, reintente al día siguiente.
  5. El SAT, publica incorrectamente los certificados un par de veces al año, y deberá reportar el SAT que no está publicado su certificado o esperar 24 horas, normalmente cuando este es el problema el SAT lo corrige al día siguiente.

Si el certificado aparece como Caduco

  1. Tramite y suba un nuevo certificado CSD Subir nuevos CSD

El certificado aparece como Revocado

Existen dos posibilidades

  1. Generó un nuevo CSD y sigue usando el viejo, una vez que genera un nuevo CSD el SAT revoca el viejo después de unos días. En este caso suba los nuevos CSD al sistema Subir nuevos CSD
  2. EL SAT bloqueó la facturación del RFC involucrado en el error, en este caso aparece un mensaje adicional en la columna Motivo, como el que se aprecia en la imagen de arriba.

    Quiere decir que el SAT ha bloqueado ese RFC y no podrá emitir facturas hasta que haya corregido la obligación fiscal que no ha cumplido.

Nota

Ni el PAC ni nuestra empresa pueden hacer algo por : corregir, acelerar o permitirle facturar temporalmente. Durante todo el periodo en que tenga su RFC bloqueado. El bloqueo de su RFC se realiza directamente en los servidores del SAT, los cuales están fuera de nuestro alcance.

Para corregir su situación deberá:

  • Comunicarse al 01800 del SAT (Número : 01 800 46 36 728)
  • Solicitar información sobre la anomalía en sus obligaciones
  • Hacer una cita para recibir atención en las oficinas del SAT
  • Corregir la situación
  • Esperar a que el SAT desbloquee su RFC.

    • Dependiendo de la obligación faltante que pueda tener con el SAT, podrá tardar de 72 horas a 3 semanas en que su RFC esté disponible para facturar.
    • En todo caso debe dar seguimiento con el SAT para ver cuando liberarán su RFC. Entre las obligaciones por las cuales puede caer en este estado están:
  • El SAT no pudo verificar su domicilio fiscal, al enviar a sus representantes para comprobar su actual domicilio fiscal.

  • No ha cumplido con realizar sus declaraciones a tiempo.
  • Ha dejado de pagar los impuestos declarados.

Nota

Si usted llama al SAT para dar seguimiento a su trámite y le indican que ya le han desbloqueado su RFC, aun tomará de 24 a 72 horas, en que esta información sea publicada a los PACs. En este caso, ellos han liberado el RFC en sus sistemas, pero el PAC aun no recibe noticia de esta información.