Error CFDI140225
Este error sucede en el alguno de los 2 siguientes casos:
- usuarios que tributan en el régimen de RESICO y que intentan facturar sin generar retenciones a personas morales
- usuarios que tributan en el régimen de RESICO, tienen marcado su RFC como retenciones tipo 2 y usan retenciones en personas morales
La regla del SAT dice:
Error | Regla |
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CFDI140225 | Si el RFC del emisor tiene la marca Retención con valor “2” en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT, el atributo RegimenFiscal del Nodo Emisor tiene el valor 626, el atributo “Rfc” del Nodo “Emisor” tiene una longitud de 13 posiciones (persona física) y el atributo “Rfc” del Nodo “Receptor” tiene una longitud de 12 posiciones (persona moral). Debe existir el nodo “Retenciones” con al menos un nodo hijo “Retencion”, con el valor 001 (ISR) en el atributo “Impuesto” y en el atributo “TasaOCuota” se debe registrar el valor 0.0125. |
Esto quiere decir que si el régimen es RESICO y le va a facturar a una persona Moral, el producto debe forzosamente generar una retención del 1.25% de ISR
Excepto cuando el RFC del contribuyente está marcado como retención tipo 2.
IVA o ISR
Muchos emisores creen que porque sus productos tienen tasa IVA 0% o Exenta, esto quiere decir que o pueden tener retenciones de ISR.
La retención de ISR, no está relacionada al IVA que pueda o no causar un producto está ligada al régimen de la persona. Y para el caso de emisores que tributan bajo el régimen de RESICO, la retención es obligatoria para todos. La única excepción es para los que tengan marcado su RFC como tipo 2 y son en general los emisores que pertenecen al sector primario: ganaderos, agricultores, etc.
No existe forma de confirmar por sistema si su RFC está marcado con la opción de tipo 2.
Por omisión el sistema lo obligará a generar retenciones a menos que explícitamente marque que su régimen es de retenciones tipo 2 y esto lo realiza en el formulario de configuraciones fiscales. El mismo donde se localizan todos los datos fiscales de su empresa.
Menú > Admin > Configurar > Datos Fiscales
Importante
Debe entender que al activar esta casilla, lo único que hace es que el sistema le va a permitir configurar y generar facturas sin validar que se generen retenciones en el caso de un RESICO.
No quiere decir que podrá generar una factura sin retenciones, si su RFC no está marcado en el SAT con retención tipo 2, de todos modos recibirá el error.
Si tiene marcado en el sistema que su régimen es de tipo 2 y recibe el error CFDI140225 al facturar, quiere decir es que su RFC no es tipo 2 y entonces está obligado a generar retenciones en el producto. Por lo tanto deberá inactivar la casilla de retenciones tipo 2 y facturar sus retenciones correspondientes.
Si está facturando con retenciones y su RFC está marcado como retenciones tipo 2 en el SAT, también recibirá este error, en este caso deberá de activar la casilla de retenciones tipo 2 en las configuraciones de la empresa y asegurarse de que quite las retenciones en los productos o en el formulario de facturación.